PRORROGA EN PAGO DE IMPUESTOS Y PATENTES 2021
1.- RESPECTO DEL IMPUESTO TERRITORIAL:
- a) Prorrogar cuotas 1, 2, 3 y 4 del año 2021 para Abril, Junio, Septiembre y Noviembre de 2022, solo con reajuste. Requisitos: Bien raíz con destino Habitacional, de personas naturales, con avalúo fiscal inferior a 5.000 uf al 1-01-21, si contribuyente tiene + de 1 bien raíz con que cumpla con los requisitos, beneficio aplicará sólo al de mayor valor.
- b) Prorrogar cuotas 1 y 2 del 2021, para Abril y Junio 2022, solo con reajuste. Requisitos: Propietario empresa con ventas año comercial 2020 inferior a 100.000 UF y con disminución de al menos 30% del promedio mensual de sus ventas de los meses de Enero y Febrero de 2021, respecto del promedio mensual del mismo periodo 2020, debidamente reajustadas.
2.- CONDONACIÓN DE INTERESES Y MULTAS RESPECTO DE IMPUESTOS FISCALES, TERRITORIALES Y ADUANEROS vencidos al 1 de Marzo de 2021, por plazo de 90 días desde publicación en D.O.:
- a) 90% para pago total.
- b) 70% para convenio de pago.
Se detalla lista de exclusiones: Infracción tributaria sancionada con multa y pena privativa de libertad. Que entraban la fiscalización del SII. Querellados por delito tributario. Procesados o acusados conforme al Código Procesal Penal, o condenados o sancionados por delito tributario hasta el cumplimiento total de la pena. Que injustificadamente no hayan concurrido a citación del SII. Sometidos a procesos de recopilación de antecedentes art. 160 N 10 C.T.
3.- CONVENIOS DE PAGO ESPECIALES, por plazo de 90 días desde publicación en D.O.::
a) Personas naturales cuyas rentas afectas a impuestos en declaración año tributario 2020, no exceda de 50 UTA.
b) Empresas con ventas año comercial 2020 no excedan 350.000 UF, con disminución de al menos 30% del promedio mensual de ventas del giro en meses de Enero y Febrero de 2021, respecto de iguales meses 2020, reajustadas:
- i) Respecto de las empresas letra b), con disminución entre un 30% y un 50%, de ventas: 24 cuotas, pie minimo de 1 UTM. Primeras 6 cuotas 1% del total adeudado, siguientes 6 cuotas, 2% total deuda, 6 cuotas siguientes, 2,5% total deuda y 6 cuotas finales, 3% total deuda. Finalizado el convenio se puede suscribir uno nuevo según las normas de esa época. Pueden vencer 2 cuotas máximo sin pago que pasan al final. Se aplica condonación del 70% de intereses y multas.
- ii) Empresas con disminución de + del 50% y personas naturales letra a): 24 cuotas, pie de 0,5 UTM, Primeras 6 cuotas 0,5% del total adeudado, siguientes 13 cuotas, 1% total deuda, 5 cuotas siguientes, 1,5% total deuda. Finalizado el convenio se puede suscribir uno nuevo según las normas de esa época. Pueden vencer 2 cuotas máximo sin pago que pasan al final. Se aplica condonación del 70% de intereses y multas. Pueden vencer 2 cuotas máximo sin pago que pasan al final. Se aplica condonación del 70% de intereses y multas.
c) contribuyentes no incluidos en a) y b), convenio 24 cuotas con pie 3%.
4.- PRORROGA DE PATENTE MUNICIPAL
- a) Empresas cuyas ventas del giro en el año comercial 2020 no excedan 100.000 UF, hasta en 3 meses y sin multas ni intereses
- b) Empresas cuyas ventas del giro en el año comercial 2020 no excedan 100.000 UF, el pago de las cuotas anuales o semestrales, hasta 6 cuotas mensuales